- No debe producir las mismas variedades y arreglárselas de manera que se las pueda diferenciar.
- Debe tener un plan de conversión de 5 años máximo para las plantas perennes.
- Debe implementar un seguimiento, una identificación y una separación estricta de las producciones.
No se aplican estos requisitos en caso de investigación agronómica, de producción de semillas y de praderas destinadas al pastoreo.
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